Facturación electrónica en declaraciones aduaneras de exportación

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COMUNICADO OFICIAL 

24 DE JUNIO DE 2022

 Se comunica a los Exportadores, Agentes de Carga de Exportación, Agentes de Aduana y público en general, el lineamiento cuando la exportación se ampare en varias facturas electrónicas aplicable para las DAE numeradas desde el 28 de junio de 2022:

El declarante debe adjuntar en la pestaña “Documentos” todas las claves de acceso de sus facturas electrónicas utilizando para cada una de ellas el tipo de documento de acompañamiento [116 FACTURA ELECTRONICA] y colocando la clave en el campo [F04 NÚMERO DE DOCUMENTO DE ACOMPAÑAMIENTO].

Para facilidad del lineamiento indicado se informa que en la pestaña “Documentos” de la DAE existe la opción de carga masiva en formato Excel, el mismo que puede ser descargado dando clic en el botón “Exportar Excel” para llenar los campos desde su ordenador, a continuación considerar el llenado de los siguientes campos mandatorios:

No (atch_dcm_sn): aquí se coloca en secuencia el llenado de cada fila eje.: 1,2,3,4,5,etc.

F03. Tipo de documento de acompañamiento (atch_dcm_frm_cd).: se coloca el número que se visualiza en el catálogo, para este caso se escribe el número 116.

F04. Número de documento de acompañamiento (atch_dcm_no): se digita la clave de acceso

F05. Fecha de emisión de documento de acompañamiento (atch_dcm_iss_de): se digita valor de fecha en el siguiente formato: DD/MM/AA.

F06. Fecha de fin de vigencia de documento de acompañamiento (atch_dcm_tmt_de): se digita valor de fecha en el siguiente formato: DD/MM/AA.

F07. Nombre de entidad emisora del documento de acompañamiento             ( atch_dcm_iss_orgz_nm): se digita razón social, código o RUC según corresponda a su documento.

Posterior al llenado de los campos en el archivo Excel, debe guardar el documento como tipo “Libro de Excel 97-2003” para poder utilizarlo mediante el botón “Importar Excel” de la pestaña “Documentos”.

Lo señalado en los apartados anteriores debe cumplirse sin perjuicio de que el usuario pueda adjuntar sus facturas en formato pdf.

Puede descargar una muestra del formato en Excel dando clic aquí, contiene información solo de los campos F03, F04, F05, F06 y F07 para su guía.

Se deja sin efecto el boletín 115-2015. (vínculo al boletín)

Particular que se comunica para los fines pertinentes.

FUENTE SENAE BOLETIN NRO. 92

Socialización procedimiento documentado “GUÍA DE OPERADORES DE COMERCIO EXTERIOR PARA LA TRANSMISIÓN DEL MANIFIESTO DE EXPORTACIÓN AÉREO – MEA Y CORRECCIONES SENAE-GOE-2-3-003-V3”.

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Se pone en conocimiento de los Operadores de Comercio Exterior – OCES y ciudadanía en general, que en cumplimento a lo dispuesto en el Acuerdo de Facilitación de Comercio, la Ley Orgánica para la Optimización y Eficiencia de Trámites Administrativos, el Decreto Ejecutivo Nro. 1204-2020 y el Decreto Ejecutivo Nro. 68-2021, se somete a consulta pública el proyecto de procedimiento documentado denominado “GUÍA DE OPERADORES DE COMERCIO EXTERIOR PARA LA TRANSMISIÓN DEL MANIFIESTO DE EXPORTACIÓN AÉREO – MEA Y CORRECCIONES SENAE-GOE-2-3-003-V3”.

El referido proyecto está identificado con el número PD-00004-2022 y se encuentra disponible para su revisión desde el 16 de junio de 2022 hasta el 13 de julio de 2022, dicha revisión la puede efectuar en la Biblioteca Aduanera del Servicio Nacional de Aduana del Ecuador, en la sección de Proyectos Normativos.

Para realizar comentarios al mencionado proyecto normativo, debe “Iniciar Sesión”, considerando lo siguiente:

– Si está registrado en Ecuapass, dar click en «Iniciar Sesión», ingresando usuario y contraseña Ecuapass.

– Si no está registrado en Ecuapass, dar click en «Registrar». Una vez registrado, dar click en «Iniciar Sesión», ingresando su número de cédula y contraseña.

Finalmente, se indica que las observaciones que se recepten de manera extemporánea al término establecido, no serán consideradas para el análisis.

Particular que se comunica para los fines pertinentes.

FUENTE : SENAE BOLETIN NRO. 95

Se prohíbe el ingreso de productos de origen aviar procedentes de Estados Unidos de América.

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                                                                                                         Lunes, 30 de mayo del 2022.

Se prohíbe el ingreso a Ecuador de aves vivas adultas, pollitos bebé, huevos fértiles y productos de origen aviar, procedentes de Estados Unidos de América y que son susceptibles de transmitir el virus causante de Influenza Aviar.

FUENTE: Resolución No. 0087 de AGROCALIDAD, publicada en R.O. No. 72 

Socialización del proyecto de Resolución para la Expedición de la documentación perteneciente al Sistema de Gestión Antisoborno (SGAS) ISO 37001: 2016, del Servicio Nacional de Aduana del Ecuador

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                                                                                                                  27 DE MAYO DE 2022

        COMUNICADO OFICIAL

Se pone en conocimiento de los Operadores de Comercio Exterior – OCES y ciudadanía en general que, en cumplimento a lo dispuesto en la Resolución Nro. SENAE-SENAE-2020-0054-RE del 30 de octubre del 2020, se somete a consulta pública el proyecto normativo denominado: «Expedición de la documentación perteneciente al Sistema de Gestión Antisoborno (SGAS) ISO 37001: 2016, del Servicio Nacional de Aduana del Ecuador» (Descargar). En el proyecto normativo se encuentra la ficha FSP-OFIELC-04-06 «Control de Operadores de Comercio Exterior (OCEs)» (Descargar) y el registro «R-04-06-01 Control de Operadores de Comercio Exterior (OCEs)» (Descargar).

El referido proyecto está identificado con el número PR-00012-2022 y se encuentra disponible para su revisión desde el 30 de mayo del 2022 hasta el 10 de junio del 2022, dicha revisión la puede efectuar en la Biblioteca Aduanera del Servicio Nacional de Aduana del Ecuador, en la sección de “Proyectos Normativos” (https://www.aduana.gob.ec/biblioteca-aduanera/proyectos-normativos/)

Para realizar comentarios al mencionado proyecto normativo, debe “Iniciar Sesión”, considerando lo siguiente:

– Si está registrado en Ecuapass, dar click en «Iniciar Sesión», ingresando usuario y contraseña Ecuapass.

– Si no está registrado en Ecuapass, dar click en «Registrar». Una vez registrado, dar click en «Iniciar Sesión», ingresando su número de cédula y contraseña.

Cabe mencionar que para realizar comentarios al Análisis de Impacto Regulatorio (AIR), al anexo FSP-OFIELC-04-06 «Control de Operadores de Comercio Exterior (OCEs)» o al anexo «R-04-06-01 Control de Operadores de Comercio Exterior (OCEs)», deben registrar los mismos en los Artículos 3, 4 y 5, respectivamente, del referido proyecto de resolución.

Finalmente, se indica que las observaciones que se recepten de manera extemporánea al término establecido, no serán consideradas para el análisis.

Particular que se comunica para los fines pertinentes.

FUENTE : SENAE BOLETIN NRO. 87

Aduanera ha establecido un plan de control en las operaciones de AFOROS FISICOS

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Se comunica a los Operadores de Comercio Exterior (Courier) y servicios aduaneros y ciudadanía en GENERAL que debido a las novedades detectadas en Courier respecto a mercancías que podrían vulnerar la seguridad nacional, la administración  Aduanera ha establecido un plan de control en las operaciones de AFOROS FISICOS de mercancías ingresadas por Courier en la Dirección Distrital de Quito, por lo cual en los próximos días habrá un incremento temporal en los tiempos de atención a los aforos de cargas Courier los cuales se irán normalizará paulatinamente  

Publicación y entrada en vigencia de los documentos codificados: SENAE-MEE-2-3-025-V2

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                                                                                                                         24 DE MAYO DE 2022

Se comunica a los Operadores de Comercio Exterior, servidores aduaneros y ciudadanía en general, que en cumplimiento al numeral 1.1 del artículo 1 del Acuerdo sobre Facilitación al Comercio, relacionado a que cada Miembro publicará prontamente, de manera NO discriminatoria y de fácil acceso, la información sobre los procedimientos de importación, exportación y tránsito; el Servicio Nacional de Aduana del Ecuador se permite comunicar el registro y publicación del siguiente documento:

Resolución Nro. SENAE-SENAE-2022-0038-RE «Expedir el procedimiento documentado denominado:

• «SENAE-MEE-2-3-025-V2 MANUAL ESPECÍFICO PARA LA DESCARGA DIRECTA”

Cabe mencionar que la referida resolución (descargue aquí) entró en vigencia a partir del día siguiente al de su publicación en el Registro Oficial, lo que fue efectuado mediante Segundo Suplemento al Registro Oficial No. 48 del 22 de Abril de 2022.

FUENTE: SENAE BOLETIN NRO. 63

REDUCCIÓN PROGRESIVA DE LA TARIFA DEL IMPUESTO A LA SALIDA DE DIVISAS

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Por Decreto Ejecutivo, el Presidente Guillermo Lasso redujo progresivamente la tarifa del Impuesto a la Salida de Divisas (ISD).

La reducción es de 0,25% por trimestre durante el año 2022; por lo que, desde el 01 de enero hasta el 31 de marzo de 2022, el ISD tuvo una tarifa de 4,75%.

En línea con lo anterior, es importante recordar que desde este 01 de abril de 2022, la tarifa de ISD será del 4,50%, tarifa que estará vigente hasta el 30 de junio del mismo año.

MANUAL ESPECÍFICO PARA LA MODALIDAD DE DESPACHO CON CANAL DE AFORO FÍSICO INTRUSIVO DE IMPORTACIÓN

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                                                                                                                                MAYO 20 DE 2022
COMUNICADO OFICIAL

Publicación y entrada de vigencia del procedimiento documentado: MANUAL ESPECÍFICO PARA LA MODALIDAD DE DESPACHO CON CANAL DE AFORO FÍSICO INTRUSIVO DE IMPORTACIÓN.

Se comunica a los Operadores de Comercio Exterior, servidores aduaneros y ciudadanía en general, que en cumplimiento al numeral 1.1 del artículo 1 del Acuerdo sobre Facilitación al Comercio, relacionado a que cada Miembro publicará prontamente, de manera no discriminatoria y de fácil acceso, la información sobre los procedimientos de importación, exportación y tránsito; el Servicio Nacional de Aduana del Ecuador se permite comunicar que mediante Resolución Nro. SENAE-SENAE-2022-0048-RE, de fecha 10 de mayo del 2022, fue expedido el procedimiento documentado denominado «SENAE-MEE-2-2-004-V5 MANUAL ESPECÍFICO PARA LA MODALIDAD DE DESPACHO CON CANAL DE AFORO FÍSICO INTRUSIVO DE IMPORTACIÓN”.

Cabe mencionar que la referida resolución entró en vigencia a partir de su publicación en el Cuarto Suplemento al Registro Oficial Nro. 66, del 19 de Mayo del 2022 (Descargue aquí)

Particular que se comunica para los fines pertinentes.

FUENTE: SENAE BOLETIN NRO. 83

Manual para despacho con canal de aforo físico intrusivo de importación

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                                                                                                           Viernes, 20 de mayo del 2022.

 

INFOCOMEX 2022-036 

En el canal de aforo físico intrusivo, queda a potestad del técnico operador la forma de apertura del contenedor o carga suelta, el sistema Ecuapass asignará un porcentaje mínimo de aforo del 10%.

FUENTE: SENAE-2022-0048

INTERMITENCIAS EN LOS SERVICIOS DE ECUAPASS Y VUE

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17 DE MAYO DE 2022

El Servicio Nacional de Aduana del Ecuador (SENAE) comunica a los Operadores de Comercio Exterior y Servidores Públicos de la Institución, que al momento estamos presentando intermitencias en los servicios de Ecuapass y VUE.

Nos encontramos trabajando para reestablecer los servicios lo más pronto posible, lo cual será informado oportunamente a través de medios oficiales.

Particular que se comunica para los fines pertinentes.

 

Fuente: BOLETIN NRO. 78