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Fwd: DP World Logistics – ACTUALIZACIÓN VALOR DE TURNO PARA RECEPCIÓN Y RETIRO DE CONTENEDORES VACIOS
🔶 Dancomex informa
ACTUALIZACIÓN VALOR DE TURNO
PARA RECEPCIÓN Y RETIRO DE CONTENEDORES VACIOS .
DP WORLD LOGISTICS
Estimados Clientes,
DP World Logistics les extiende un cordial saludo!
Por medio de la presente informamos que el valor del turno para recepción y retiro de contenedores vacíos, que se encontrará vigente a partir del 1 de enero del 2023, será:
El USD 40 + IVA
Cualquier inquietud estamos a su disposición a través de los siguientes canales de comunicación:
Correo electrónico: CustomerService.Logistics@dpworld.com
Teléfono: + 593 4 5106002 – Opción 1
Atentamente,
DP World
FUENTE:DP World Posorja <servicioalcliente
Implementación del formulario “Autorización Fitosanitaria de Tránsito Internacional” en la Ventanilla Única Ecuatoriana – VUE
🔶 Dancomex informa
COMUNICADO OFICIAL
SEPTIEMBRE DE 2022
El Servicio Nacional de Aduana del Ecuador comunica a los operadores de comercio exterior y al público en general, que con el apoyo de la Alianza Global para la Facilitación del Comercio y la Agencia de Regulación y Control Fito y Zoosanitario, a partir del 16 de septiembre del año en curso se encontrará implementado el formulario denominado “Autorización Fitosanitaria de Tránsito Internacional” en la Ventanilla Única Ecuatoriana – VUE.
Para registrar el formulario se debe acceder a la ruta https://ecuapass.aduana.gob.ec/ e ingresar a la Ventanilla Única Ecuatoriana, sección “Elaboración de solicitud”, “Documentos de soporte” y seleccionar el documento [101-061-REQ] “Autorización Fitosanitaria de Tránsito Internacional”.
Para conocer más información respecto a la implementación antes detallada, se pone a su consideración el siguiente enlace en el que se encuentra la comunicación realizada por la Agencia de Regulación y Control Fito y Zoosanitario: Dar clic aquí.
Para que se puedan visualizar las mejoras indicadas, considerar las siguientes sugerencias:
-Eliminar historial de navegación de los navegadores utilizados para ingresar a Ecuapass.
-Eliminar los archivos temporales de los navegadores utilizados para ingresar a Ecuapass.
Particular que se comunica para los fines pertinentes.
FUENTE: SENAE BOLETIN NRO. 130
Implementación de la Autorización para la importación de productos de la pesca, procesados y harina de pescado en la Ventanilla Única Ecuatoriana – VUE
🔶 Dancomex informa
COMUNICADO OFICIAL
SEPTIEMBRE DE 2022
A partir del 1 de septiembre de 2022 a las 17h00, se implementará en la Ventanilla Única Ecuatoriana – VUE, el nuevo formulario de Autorización para la importación de productos de la pesca, procesados y harina de pescado.
Cabe recalcar que todos los trámites del formulario «Autorización para la importación de productos de la pesca, procesados y harina de pescado» en el formato actual sean ingresados hasta las 12h00 del 01 de septiembre del presente año, para que sean aprobados con el formato actual; considerar que todas las solicitudes que ingresen posterior a la fecha y hora indicada serán rechazadas por la entidad y el usuario deberá ingresar nuevamente el trámite con el formato nuevo.
Para conocer más información respecto a la implementación antes detallada, se pone a su consideración el siguiente enlace en el que se encuentra la comunicación realizada por el Ministerio de Producción, Comercio Exterior, Inversiones y Pesca (MPCEIP) https://www.produccion.gob.ec/autorizacion-para-la-importacion-de-productos-de-la-pesca-procesados-y-harina-de-pescado/
FUENTE: SENAE BOLETIN NRO. 121
Entrada en vigencia de la Resolución Nro. SENAE-SENAE-2022-0065-RE «Reforma a la Resolución Nro. SENAE-SENAE-2019-0063-RE “Reglamento para obtener o renovar la calificación de Operador Económico Autorizado””
Dancomex informa
COMUNICADO OFICIAL
05 DE SEPTIEMBRE DE 2022
Se comunica a los Operadores de Comercio Exterior, servidores aduaneros y ciudadanía en general, en cumplimiento a las buenas prácticas regulatorias, y de conformidad con lo establecido en el artículo 1 numeral 1 del Acuerdo sobre Facilitación al Comercio, en relación a que cada Miembro publicará prontamente, de manera no discriminatoria y de fácil acceso, la información sobre los procedimientos de importación, exportación y tránsito; que la Resolución Nro. SENAE-SENAE-2022-0065-RE «Reforma a la Resolución Nro. SENAE-SENAE-2019-0063-RE “Reglamento para obtener o renovar la calificación de Operador Económico Autorizado”” (descargar) fue publicada en el Segundo Suplemento del Registro Oficial Nro. 139, el 1 de septiembre de 2022.
Así también, se indica que la resolución puede ser descargada:
– En el caso de ser un usuario externo: Página web del SENAE > Biblioteca aduanera > Búsqueda General / Búsqueda por Procesos GCP – Gestión del Control Posterior (Subproceso – GCP – Autorización de OCE – Operador Económico Autorizado).
– En el caso de ser un usuario interno (servidor aduanero): Sistema informático Ecuapass > Sistema de Administración del Conocimiento > Biblioteca Aduanera.
Particular que se comunica para los fines pertinentes.
Subdirección General de Normativa Aduanera
Servicio Nacional de Aduana del Ecuador
FUENTE: SENAE BOLETIN NRO. 128
Expedición de la Resolución Nro. SENAE-SENAE-2022-0068-RE «Reforma a la Resolución Nro. SENAE-DGN-2013-0472-RE “Reglamento para los regímenes de excepción: “Tráfico Postal Internacional” y “Mensajería Acelerada o Courier””
🔶 Dancomex informa
11 DE AGOSTO DE 2022
Se comunica a los Operadores de Comercio Exterior, servidores aduaneros y ciudadanía en general, que en cumplimiento a las buenas prácticas regulatorias, y de conformidad con lo establecido en el artículo 1 numeral 1 del Acuerdo sobre Facilitación al Comercio, en relación a que cada Miembro publicará prontamente, de manera no discriminatoria y de fácil acceso, la información sobre los procedimientos de importación, exportación y tránsito; el Servicio Nacional de Aduana del Ecuador ha expedido el siguiente documento: Resolución Nro. SENAE-SENAE-2022-0068-RE «Reforma a la Resolución Nro. SENAE-DGN-2013-0472-RE “Reglamento para los regímenes de excepción: “Tráfico Postal Internacional” y “Mensajería Acelerada o Courier””» (descargar).
Cabe mencionar que la referida resolución entró en vigencia con su suscripción, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.
Así también, se indica que la resolución puede ser descargada:
– En el caso de ser un usuario externo: Página web del SENAE > Biblioteca aduanera > Búsqueda General / Búsqueda por Procesos:
• GDE – Gestión del Despacho (Subproceso – GDE – Mensajería acelerada o Courier Importación (Reg. 91)) y,
• GDE – Gestión del Despacho (subproceso: GDE – Tráfico Postal Internacional (Reg. 96)).
– En el caso de ser un usuario interno (servidor aduanero): Sistema informático Ecuapass > Sistema de Administración del Conocimiento > Biblioteca Aduanera.
FUENTE: SENAE BOLETIN NRO. 120
Socialización del proyecto de Resolución de LINEAMIENTOS PARA LA APLICACIÓN MANUAL DE TRASLADOS DE MERCANCÍAS
🔶 Dancomex informa
09 DE AGOSTO DE 2022
Se pone en conocimiento de los Operadores de Comercio Exterior – OCES y ciudadanía en general, que en cumplimento a lo dispuesto en el Acuerdo de Facilitación de Comercio, la Ley Orgánica para la Optimización y Eficiencia de Trámites Administrativos, el Decreto Ejecutivo Nro. 1204-2020 y el Decreto Ejecutivo Nro. 68-2021, se somete a consulta pública el proyecto normativo denominado:
«LINEAMIENTOS PARA LA APLICACIÓN MANUAL DE TRASLADOS DE MERCANCÍAS» (Descargar). En el proyecto normativo se encuentran los formatos a ser utilizados.
El referido proyecto está identificado con el número PR-00018-2022 y se encuentra disponible para su revisión desde el 3 hasta el 25 de agosto del 2022, dicha revisión la puede efectuar en la Biblioteca Aduanera del Servicio Nacional de Aduana del Ecuador, en la sección de “Proyectos Normativos” (www.aduana.gob.ec/biblioteca-aduanera/proyectos-normativos/)
Para realizar comentarios al mencionado proyecto normativo, debe “Iniciar Sesión”, considerando lo siguiente:
– Si está registrado en Ecuapass, dar click en «Iniciar Sesión», ingresando usuario y contraseña Ecuapass.
– Si no está registrado en Ecuapass, dar click en «Registrar». Una vez registrado, dar click en «Iniciar Sesión», ingresando su número de cédula y contraseña.
Cabe mencionar que para realizar comentarios a los anexos, debe realizarse en el Artículo 64 de la referida resolución.
Finalmente, se indica que las observaciones que se recepten de manera extemporánea al término establecido, no serán consideradas para el análisis
FUENTE:SENAE BOLETIN NRO. 118
Socialización Proyecto Resolución del “REGLAMENTO PARA LA FACILITACIÓN DE LA AUTORIZACIÓN Y RENOVACIÓN DE OPERADORES DE COMERCIO EXTERIOR”, Grupo 2 y 3
🔶 Dancomex informa
29 DE JULIO DE 2022
Se pone en conocimiento de los Operadores de Comercio Exterior – OCES y ciudadanía en general, que en cumplimento a lo dispuesto en el Acuerdo de Facilitación de Comercio, la Ley Orgánica para la Optimización y Eficiencia de Trámites Administrativos, el Decreto Ejecutivo Nro. 1204-2020 y el Decreto Ejecutivo Nro. 68-2021, se somete a consulta pública el proyecto normativo denominado: «REGLAMENTO PARA LA FACILITACIÓN DE LA AUTORIZACIÓN Y RENOVACIÓN DE OPERADORES DE COMERCIO EXTERIOR» (Descargar), así como también sus Anexos: Formulario Operador de Comercio Exterior (Descargar), Requisitos_OCES_GRUPO 2 (Descargar) y Requisitos_OCES_GRUPO 3 (Descargar).
El referido proyecto está identificado con el número PR-00017-2022 y se encuentra disponible para su revisión desde el 29 de julio de 2022 hasta el 26 de agosto del 2022, dicha revisión la puede efectuar en la Biblioteca Aduanera del Servicio Nacional de Aduana del Ecuador, en la sección de “Proyectos Normativos” (www.aduana.gob.ec/biblioteca-aduanera/proyectos-normativos/)
Para realizar comentarios al mencionado proyecto normativo, debe “Iniciar Sesión”, considerando lo siguiente:
– Si está registrado en Ecuapass, dar click en «Iniciar Sesión», ingresando usuario y contraseña Ecuapass.
– Si no está registrado en Ecuapass, dar click en «Registrar». Una vez registrado, dar click en «Iniciar Sesión», ingresando su número de cédula y contraseña.
Cabe mencionar que para realizar comentarios al Anexo 1, «Formulario Operador de Comercio Exterior», debe realizarse en el Artículo 11, para realizar comentarios al Anexo 3, «Requisitos_OCES_G2», debe realizarse en el Artículo 13 y para realizar comentarios al Anexo 4, «Requisitos_OCES_G3», debe realizarse en el Artículo 14, de la referida resolución.
Finalmente, se indica que las observaciones que se recepten de manera extemporánea al término establecido, no serán consideradas para el análisis.
FUENTE: SENAE BOLETIN NRO. 116
Fwd: Boletín Nº 103. Guayaquil 08-julio-2022. Título: Publicación y entrada en vigencia de la Resolución Nro. SENAE-SENAE-2022-0060-RE que deroga resoluciones relacionadas con el registro de entrega de mercancías a depósitos temporales – REM
🔶 Dancomex informa
COMUNICADO OFICIAL
08 DE JULIO DE 2022
El Servicio Nacional de Aduana del Ecuador ha expedido la Resolución Nro. SENAE-SENAE-2022-0060-RE (Descargar), mediante la cual se deroga resoluciones relacionadas con el registro de entrega de mercancías a depósitos temporales – REM
En su parte medular indica
RESUELVE
En uso de las atribuciones y competencias establecidas en el literal l) del artículo 216 del Código Orgánico de la Producción, Comercio e Inversiones la suscrita Directora General del Servicio Nacional de Aduana del Ecuador RESUELVE:
Artículo 1.- Dejar sin efecto los procedimientos documentados para usuarios externos, denominados:
“SENAE-GOE-2-3-012-V1 Guía de Operadores de comercio exterior para la gestión del registro de
entrega de mercancías a depósitos temporales tipo paletizadora – REM”, expedido mediante Resolución
Nro. SENAE-SENAE-2018-0078-RE, de fecha 23 de abril de 2018.
“SENAE-ISEE-2-3-088-V1 Instructivo de Sistemas para el registro de entrega de mercancías a depósitos
temporales tipo paletizadora – REM”, expedido mediante Resolución Nro.
SENAE-SENAE-2018-0117-RE, de fecha 15 de mayo de 2018.
“SENAE-ISEE-2-3-089-V1 Instructivo de Sistemas para la corrección/anulación del registro de entrega de
mercancías a depósitos temporales tipo paletizadora -CREM”, expedido mediante Resolución Nro.
SENAE-SENAE-2018-0117-RE, de fecha 15 de mayo de 2018.
“SENAE-ISEE-2-3-090-V1 Instructivo de Sistemas para la consulta del registro de entrega de mercancías
a depósitos temporales tipo paletizadora – REM”, expedido mediante Resolución Nro.
SENAE-SENAE-2018-0117-RE, de fecha 15 de mayo de 2018.
“SENAE-ISEE-2-3-091-V1 Instructivo de Sistemas para la consulta corrección/anulación del REM”,
expedido mediante Resolución Nro. SENAE-SENAE-2018-0117-RE, de fecha 15 de mayo de 2018.
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
ÚNICA.- A partir de la suscripción de la presente resolución, en el término de hasta ciento ochenta (180)
días, la Dirección Nacional de Mejora Continua y Tecnologías de la Información deberá realizar las
adecuaciones informáticas necesarias, a fin de implementar las validaciones dentro del proceso de exportación
de mercancías que permitan mejorar el control de las mercancías que salen del territorio aduanero.
FUENTE : SENAE BOLETIN NRO. 103
Facturación electrónica en declaraciones aduaneras de exportación
🔶Dancomex informa
COMUNICADO OFICIAL
24 DE JUNIO DE 2022
Se comunica a los Exportadores, Agentes de Carga de Exportación, Agentes de Aduana y público en general, el lineamiento cuando la exportación se ampare en varias facturas electrónicas aplicable para las DAE numeradas desde el 28 de junio de 2022:
El declarante debe adjuntar en la pestaña “Documentos” todas las claves de acceso de sus facturas electrónicas utilizando para cada una de ellas el tipo de documento de acompañamiento [116 FACTURA ELECTRONICA] y colocando la clave en el campo [F04 NÚMERO DE DOCUMENTO DE ACOMPAÑAMIENTO].
Para facilidad del lineamiento indicado se informa que en la pestaña “Documentos” de la DAE existe la opción de carga masiva en formato Excel, el mismo que puede ser descargado dando clic en el botón “Exportar Excel” para llenar los campos desde su ordenador, a continuación considerar el llenado de los siguientes campos mandatorios:
No (atch_dcm_sn): aquí se coloca en secuencia el llenado de cada fila eje.: 1,2,3,4,5,etc.
F03. Tipo de documento de acompañamiento (atch_dcm_frm_cd).: se coloca el número que se visualiza en el catálogo, para este caso se escribe el número 116.
F04. Número de documento de acompañamiento (atch_dcm_no): se digita la clave de acceso
F05. Fecha de emisión de documento de acompañamiento (atch_dcm_iss_de): se digita valor de fecha en el siguiente formato: DD/MM/AA.
F06. Fecha de fin de vigencia de documento de acompañamiento (atch_dcm_tmt_de): se digita valor de fecha en el siguiente formato: DD/MM/AA.
F07. Nombre de entidad emisora del documento de acompañamiento ( atch_dcm_iss_orgz_nm): se digita razón social, código o RUC según corresponda a su documento.
Posterior al llenado de los campos en el archivo Excel, debe guardar el documento como tipo “Libro de Excel 97-2003” para poder utilizarlo mediante el botón “Importar Excel” de la pestaña “Documentos”.
Lo señalado en los apartados anteriores debe cumplirse sin perjuicio de que el usuario pueda adjuntar sus facturas en formato pdf.
Puede descargar una muestra del formato en Excel dando clic aquí, contiene información solo de los campos F03, F04, F05, F06 y F07 para su guía.
Se deja sin efecto el boletín 115-2015. (vínculo al boletín)
Particular que se comunica para los fines pertinentes.
FUENTE SENAE BOLETIN NRO. 92