IMPLEMENTACIÓN DE LA DESGRAVACIÓN ARANCELARIA, AÑO 2022 UNIÓN EUROPEA / AELC (EFTA)

🔶Dancomex informa

La Aduana del Ecuador comunica a todos los Operadores de Comercio Exterior que, conforme el “Protocolo de Adhesión del Acuerdo Comercial entre la Unión Europea y sus Estados miembros, Colombia, Perú y el ECUADOR”, se encuentra implementado en el sistema informático ECUAPASS la tarifa arancelaria aplicable para el año 2022, vigente desde el 01 de enero del presente año.

En casos declarados bajo cualquiera de las subpartidas establecidas en el Acuerdo y que el país de origen de las mercancías declaradas sea alguno de los que componen la Unión Europea, se deberá adjuntar la “Prueba de Origen (Certificado de Circulación de Mercancías EUR 1 o Declaración en Factura)”, como documento de soporte en el campo G03, Tipo de documento: [005]-CERTIFICADO DE ORIGEN, e ingresar en el campo TPCI el código liberatorio 0800 por cada ítem de la Declaración Aduanera de Importación.

Así mismo, la Aduana del Ecuador comunica a todos los Operadores de Comercio Exterior que, conforme el “Acuerdo de Asociación Económico Inclusivo entre el Ecuador y la Asociación Europea de Libre Comercio – AELC (EFTA)”, se encuentra implementado en el sistema informático ECUAPASS la tarifa arancelaria aplicable para el año 2022, vigente desde el 01 de enero del presente año.

Para su respectiva aplicación en el sistema informático ECUAPASS, en los casos en que se declare bajo cualquiera de las subpartidas establecidas en el Acuerdo y que el país de origen de las mercancías declaradas sea de los países miembros de EFTA, se deberá adjuntar la “Prueba de Origen (Certificado de Circulación de Mercancías EUR 1 o Declaración de Origen)”, acordada en la negociación como documento de soporte en el campo G03, Tipo de documento: [005]- CERTIFICADO DE ORIGEN, e ingresar en el campo TPCI el código liberatorio 4147 por cada ítem de la Declaración Aduanera de Importación.