LEY ORGÁNICA PARA EL DESARROLLO ECONÓMICO Y SOSTENIBILIDAD FISCAL TRAS LA PANDEMIA COVID-19

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Nro. Boletín: 96-2021 

El Servicio Nacional de Aduana del Ecuador comunica a los Operadores de Comercio Exterior, en alcance al Boletín 77-2021 y 88-2021 LEY ORGÁNICA PARA EL DESARROLLO ECONÓMICO Y SOSTENIBILIDAD FISCAL TRAS LA PANDEMIA COVID-19, lo siguiente:

Los Operadores de Comercio Exterior que realicen Declaraciones Aduaneras de Importación en el portal externo del Ecuapass o que utilicen software privado, deben considerar que:

  • Para determinar el valor de los derechos arancelarios, el sistema toma el valor de la base imponible excluyendo el flete. Ejemplo: Base Imponible= Pago total o por pagar + valor del seguro (+ Adiciones – Deducciones) de ser el caso.

  • Para determinar el valor del resto de tributos, el sistema toma el valor de la base imponible incluyendo el flete. Ejemplo: Base= Pago total o por pagar + valor del seguro + flete (+ Adiciones – Deducciones) de ser el caso.

Las declaraciones numeradas desde la fecha de 29 de noviembre hasta el 23 de diciembre de 2021 que aún se encuentre en proceso de nacionalización deberán actualizar en la instancia de corrección de DAI los campos de la sección “Items” y verificar que la base imponible se calcule sin considerar los gastos de transporte.

MANUALES, RESOLUCIONES E INSTRUCTIVOS SENAE

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Ahora puedes verificar la publicación por parte del Servicio Nacional de Aduana del Ecuador sobre  los procedimientos de importación, exportación y tránsito e información relacionada en Comercio Exterior, en los cuales puedes encontrar los siguientes documentos:

  • “SENAE-ISEE-2-3-017-V4 INSTRUCTIVO DE SISTEMAS PARA EL REGISTRO DEL MANIFIESTO DE EXPORTACIÓN-MARÍTIMO (MEM)”.

  • “SENAE-ISEE-2-3-018-V4 INSTRUCTIVO DE SISTEMAS PARA EL REGISTRO DEL MANIFIESTO DE EXPORTACIÓN AÉREO – MEA”.

  • SENAE-ISEE-2-3-093 – V1: “REGISTRO DE CONTENEDORES POSICIONADOS”.

  • SENAE-ISEE-2-3-094 – V1: “COORDINACIÓN INTEGRAL DE INSPECCIONES POR ZONA PRIMARIA”.

  • SENAE-ISEE-2-3-095 – V1: “CONSULTA DE REGISTRO DE CONTENEDORES POSICIONADOS”.

  • SENAE-MEE-2-3-013 – V2: “MANUAL ESPECÍFICO PARA LAS INSPECCIONES EN CARGA DE IMPORTACIÓN”.

  • Plan Regulatorio Institucional 2022, se encuentra publicado en la página web del SENAE en el siguiente link: https://www.aduana.gob.ec/buenas-practicas-regulatorias/

Habilitación de la pantalla en el PORTAL EXTERNO “Consulta de detalle de la DAS” Regímenes de Courier y Postal

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Se encuentra habilitada la pantalla de “Consulta de detalle de la DAS”, solo para los usuarios que estén registrados en Ecuapass y que tengan asociada como consignatario una Declaración Aduanera Simplificada (DAS) del régimen 91 de Mensajería Acelerada o Courier, así como también del Régimen 96 de Tráfico Postal.

La ruta se la detalla para cada operador según corresponda a continuación:
Empresas Courier – Ruta: Portal Externo > Servicios Informativos > 2.11 Servicios de información de Despacho/Carga > Despacho Aduanero > Consulta de estado de la DAS de Courier -91 > Consulta de detalle de la DAS
Operador Postal – Ruta: Portal Externo > Servicios Informativos > 2.11 Servicios de información de Despacho/Carga > Despacho Aduanero > Consulta de estado de la DAS de la Carga Courier -92/Postal 96 > Consulta
de detalle de la DAS

Cabe indicar que dentro de la pantalla “Consulta de detalle de la DAS”, se podrán descargar en archivo PDF, la información registrada en la Declaración Aduanera Simplificada (DAS 91/96).

Base imponible declaración Importaciones

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El 30-11-2021 entro mediante el ministerio de la ley, la “Ley  Orgánica para el desarrollo económico y sostenibilidad fiscal tras la pandemia COVID-19.”

La parte medular de la reforma al articulo 110 del Código Orgánico de la Producción Comercio e Inversiones, señala que: “la base imponible de los derechos arancelarios es el valor en aduana de las mercancías importadas, excluidas el flete”.

La nueva base Imponible para el cálculo de tributos será la suma del valor FOB más el valor del Seguro, ya que se excluye el flete.

INTERMITENCIAS EN TRANSMISIONES

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El Servicio Nacional de Aduana del Ecuador (SENAE) comunica a los Operadores de Comercio Exterior que al momento se presentan intermitencias en las transmisiones de documentos electrónicos lo que está ocasionando demoras en la notificación de respuestas.

Esta Institución se encuentra trabajando para poder subsanar este incidente a la brevedad posible, lo cual será comunicado por esta vía.

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El Servicio Nacional de Aduana del Ecuador SENAE, con la finalidad de mantener informado a toda la ciudadanía en general ha publicado en  la Biblioteca aduanera, de las siguientes resoluciones y procedimientos documentados:

Subproceso – GDE – Equipaje de Viajero
Subproceso – GCA – Equipaje de Viajero

  • Resolución Nro. SENAE-SENAE-2021-0119-RE «Reformar la resolución Nro. SENAE-SENAE-2017-0348-RE «Procedimiento para la selección y el control de los pasajeros y su equipaje en las salas internacionales de viajeros»

     

Subproceso – GDE – Importación a Consumo – Donaciones (Reg. 10):

  • Resolución Nro. SENAE-SENAE-2021-0111-RE, publicada en el Cuarto Suplemento al Registro Oficial No. 566, de fecha 26 de octubre de 2021, en la que se expidieron los siguientes documentos:
    1. SENAE-ISEE-2-2-054-V1: «Instructivo de sistemas para registro de formulario de solicitud en línea de exención de tributos al comercio exterior de donaciones»
    2. SENAE-ISEE-2-2-055-V1: «Instructivo de sistemas para la consulta de solicitud en línea de exención de tributos al comercio exterior de donaciones».

ARTÍCULO 2 RESOLUCIÓN N° 009-2021 PLENO del COMEX

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Con inicio de vigencia 01 de octubre de 2021, en el sistema informático aduanero Ecuapass, el Artículo 2 de la Resolución N° 009-2021 adoptada por el Pleno del Comité de Comercio Exterior, la misma que en el mencionado artículo indica «Establecer una tarifa arancelaria variable para las importaciones en CKD de vehículos, motos, cocinas eléctricas de inducción y radios para vehículos; establecidas en el Anexo II»

(Resolución N° 009-2021 El Pleno del Comité de Comercio Exterior)

Regulación general para la operación aduanera de Traslado de mercancías dentro del territorio aduanero ecuatoriano

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Se pone en conocimiento de los Operadores de Comercio Exterior – OCES y ciudadanía en general, el proyecto de acto normativo de carácter administrativo (Resolución), cuyo objetivo es reformar la regulación general para la operación aduanera de Traslado de mercancías dentro del territorio aduanero ecuatoriano.

El proyecto de reforma está identificado con el número PR-00004-2021 y se encuentra disponible para su revisión desde el 04 de octubre hasta el 11 de octubre del 2021. Dicha revisión la puede efectuar en la Biblioteca Aduanera del Servicio Nacional de Aduana del Ecuador, en la sección de Proyectos Normativos (https://www.aduana.gob.ec/biblioteca-aduanera/proyectos-normativos/)

Para realizar comentarios al referido proyecto normativo, debe “Iniciar Sesión”, considerando lo siguiente:

– Si está registrado en Ecuapass, dar click en «Iniciar Sesión», ingresando usuario y contraseña Ecuapass.

– Si no está registrado en Ecuapass, dar click en «Registrar». Una vez registrado, dar click en «Iniciar Sesión», ingresando su número de cédula y contraseña.

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Indisponibilidad temporal de los servicios Ecuapass, Ventanilla Única Ecuatoriana y página web institucional

El Servicio Nacional de Aduana del Ecuador (SENAE) comunica a los Operadores de Comercio Exterior y público en general, que el domingo 15 de Agosto de 2021, a partir de las 06h00 AM hasta las 08h30 AM, se suspenderán los siguientes servicios: Ecuapass, Ventanilla Única Ecuatoriana, y página web www.aduana.gob.ec, debido a un mantenimiento programado en la infraestructura tecnológica.

Si luego de la actividad planificada se presenta algún problema con el acceso a los servicios antes mencionados, favor reportarlo en el portal de Mesa de Servicios: https://mesadeservicios.aduana.gob.ec/otrs/customer.pl

Fuente: BOLETIN NRO. 23 COMUNICADO OFICIAL 13 DE AGOSTO DE 2021

MENAJE DE CASA

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Ampliación del plazo señalado en la Disposición Final Primera de Resolución No. SENAE-SENAE-2021-0047-RE

Mediante Resolución No. SENAE-SENAE-2021-0099-RE, expedida el 03 de agosto de 2021, la Directora General resolvió ampliar el plazo señalado en la Disposición Final Primera de Resolución No. SENAE-SENAE-2021-0047-RE – Listado de bienes admisibles al régimen de menaje de casa; por noventa (90) días calendario adicionales, para que entre en vigor la citada Resolución.

Fuente: https://www.aduana.gob.ec/gacnorm/data/2021/08/03/17/SENAE-SENAE-2021-0099-RE.pdf