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Según Resolución No. 008 – 2022 del SENAE, en servicio 4 x 4 de Courier
Categoría B): Paquetes cuyo peso sea menor o igual a cuatro kilogramos y su valor FOB sea menor o igual a los cuatrocientos dólares de los Estados Unidos de América (USD 400.00), o su equivalente en otra moneda, siempre que se trate de mercancías sin fines comerciales. Para acogerse a esta categoría, las características de valor y peso deben presentarse en forma simultánea, el destinatario deberá presentar la Declaración Aduanera junto con los documentos de soporte y de acompañamiento que correspondan según las normas legales vigentes.
Para la subpartida 9807.10.30.00 los destinatarios sólo podrán utilizar esta categoría por un máximo de mil seiscientos dólares de los Estados Unidos de América (USD 1,600.00) de valor FOB, cada año fiscal
Artículo 2- En caso de que los envíos de paquetes de la Categoría «B» de la subpartida 9807.10.30.00 a un mismo destinatario (consignatario), superen los mil seiscientos dólares de los Estados Unidos de América (USD 1.600,00) de valor FOB en un año fiscal, la importación deberá ser declarada en la categoría que corresponda de acuerdo a su naturaleza, no siendo posible aplicar nuevamente la Categoría «B» en el transcurso del año fiscal respectivo
La Resolución 008-2022 establece que el nuevo tope de USD 1.600 al año entrará en vigor desde el 16 de mayo hasta el 31 de diciembre de 2022. Si sobrepasa los USD 1.600 en importaciones en la modalidad 4×4, la persona deberá pagar los aranceles por la mercadería que esté por encima de ese monto.
Fuente: SENAE N° 008-2022